DOCTORADO EN
INGENIERÍA INDUSTRIAL E INFORMÁTICA
Plazo de Admisión para el Curso 2025-2026, abierto hasta el 11 de septiembre de 2025
ACCESO Y ADMISIÓN
La admisión de los candidatos se efectuará a través de la Comisión Académica del programa de doctorado, en base a los requisitos y criterios de valoración de méritos previamente establecidos para la selección y admisión de estudiantes en el programa concreto.
El aspirante, si reúne los requisitos de acceso, deberá solicitar su admisión presentando el impreso normalizado y la documentación que en el mismo se solicita. Podrá aportar el aval de un investigador como posible director de la tesis doctoral.
El calendario de admisión se fijará anualmente.
El programa de Doctorado elegido por el alumno deberá estar relacionado científicamente con su currículo universitario. En cualquier caso, corresponderá a la Comisión Académica del programa de doctorado resolver sobre dicha admisión.
La admisión a un programa de doctorado podrá estar condicionada a la exigencia de cursar complementos de formación específicos en el caso de títulos de Graduado de al menos 300 ECTS que en sus planes de estudios de Grado no cuenten con competencias/contenidos en metodología investigadora. Dichos complementos de formación específica deberán superarse en el período inicial de desarrollo de la tesis, en un plazo máximo de un curso académico, y tendrán, a efectos de precios públicos y de concesión de becas y ayudas al estudio, la consideración de formación de nivel de doctorado.
Se reservará el 5 por 100 de las plazas ofertadas para estudiantes que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, así como para estudiantes con necesidades educativas especiales permanentes asociadas a circunstancias personales de discapacidad, que en sus estudios anteriores hayan precisado de recursos y apoyos para su plena normalización educativa.
El porcentaje de admisión reservado a estudiantes a tiempo parcial (TP) será del 50%.
REQUISITOS DE ACCESO:
Se seguirán las vías y los requisitos de acceso establecidos en el R.D. 99/2011, modificado por el R.D. 534/2013, R.D. 43/2015, R.D. 576/2023.
1. Con carácter general, para el acceso a un programa oficial de doctorado será necesario estar en posesión de los títulos oficiales españoles de Grado, o equivalente, y de Máster Universitario.
2. Asimismo, podrán acceder quienes se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
a) Estar en posesión de títulos universitarios oficiales españoles o títulos españoles equivalentes siempre que se hayan superado, al menos, 300 créditos ECTS en el conjunto de estas enseñanzas y acreditar un nivel 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES 3).
b) Estar en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros pertenecientes al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), sin necesidad de su homologación, que acredite un nivel 7 del Marco Europeo de Cualificaciones (MEC 7) siempre que dicho título faculte para el acceso a estudios de doctorado en el país de expedición del mismo. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del
título previo del que esté en posesión el interesado ni su reconocimiento a otros efectos que el del acceso a enseñanzas de doctorado.
c) Estar en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros ajenos al EEES, sin necesidad de su homologación, previa comprobación por la universidad de que éste acredita un nivel de formación equivalente a la del título oficial español de Máster universitario y que faculta en el país de expedición del título para el acceso a estudios de doctorado. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo del que esté en posesión el interesado ni su reconocimiento a otros efectos que el del acceso a enseñanzas de doctorado.
d) Estar en posesión de otro título de Doctora o Doctor.
e) Igualmente podrán acceder los titulados universitarios que, previa obtención de plaza en formación en la correspondiente prueba de acceso a plazas de formación sanitaria especializada, hayan superado con evaluación positiva al menos dos años de formación de un programa para la obtención del título oficial de alguna de las especialidades en Ciencias de la Salud.
REQUISITOS DE ADMISIÓN PROPIOS DEL PROGRAMA DE DOCTORADO EN INGENIERÍA INDUSTRIAL E INFORMÁTICA:
La admisión de los aspirantes al programa de doctorado se efectuará a través de la Comisión Académica del programa de doctorado, que marca los requisitos y criterios de valoración de méritos para la selección y admisión de estudiantes.
El perfil recomendado de ingreso a este programa de Doctorado es el de un titulado que acredite un nivel MECES 3 o MEC 7 y que haya cursado al menos 300 ECTS en la suma de todos sus estudios en cualquier institución de educación superior del EEES o en un tercer país (siempre que faculten para el acceso a estudios de doctorado en el país de expedición) los cuales han de corresponder necesariamente a:
a. Titulaciones oficiales relacionadas con las Tecnologías de la Información y la Comunicación (Ingeniería Informática, Inteligencia Artificial, Analítica de datos, Ingeniera de Telecomunicación).
b. Titulaciones oficiales de la rama de Ingeniería Industrial (Tecnologías Industriales, Ingeniería de Materiales, Ingeniería Mecánica, Ingeniería Electrónica, Industria Conectada)
c. Titulaciones oficiales de ciencias o ingenierías afines a las líneas de investigación del programa (Ciencias de la computación, y Tecnologías industriales), como por ejemplo Automática, Robótica, C.C. Físicas, C.C. Químicas, Ingeniería Matemática, Matemáticas, Estadística, Ingeniería Biomédica, etc. y que además aporte el haber realizado al menos 60 ECTS de nivel de máster en temas relacionados con las líneas de investigación del doctorado a juicio de la comisión académica.
La Comisión Académica del Programa podrá exigir, a aquellos estudiantes que no acrediten haber cursado créditos de investigación en su formación previa al doctorado, la realización de determinados complementos de formación que permitan adquirir las competencias necesarias para desarrollar con éxito el Programa de Doctorado en Ingeniería Industrial e Informática. Dichos complementos de formación específica deberán superarse en el periodo inicial de desarrollo de la tesis, en un plazo máximo de un curso académico y son:
• Metodología de Investigación (6 ECTS)
La admisión tendrá validez, únicamente, para el año académico para el que se solicita y surtirá efecto con la formalización de la matrícula de tutela académica.
Criterios de selección:
– Objetivos académicos y de investigación. Los criterios de selección cuantitativos están alineados con los objetivos académicos y de investigación del programa de doctorado.
– Predictibilidad del éxito. Al utilizar criterios cuantitativos, se busca predecir en cierta medida el éxito académico y profesional de los candidatos en el programa de doctorado.
A continuación, se detallan los criterios y sus respectivas ponderaciones:
· Expediente académico (30%). Promedio de las calificaciones obtenidas en las asignaturas de grado y máster.
· Experiencia investigadora previa (10%) en investigación, publicaciones científicas y participación en congresos.
· Idoneidad de la propuesta de investigación (30%). Adecuación a los objetivos y a las líneas específicas de investigación de los grupos de investigación que participan en el programa. Viabilidad, relevancia y originalidad del proyecto de investigación.
· Carta de motivación (10%). Es fundamental evaluar la motivación y el compromiso de los candidatos hacia la investigación en el área de Ingeniería Industrial e Informática.
· Entrevista personal (15%) con el coordinador del programa de doctorado, que permite evaluar de manera directa las habilidades de comunicación, el potencial investigativo y las motivaciones del candidato.
· Otros méritos (5%). Recomendaciones académicas, becas, premios, movilidad previa.