PLAN DE ESTUDIOS

MÁSTER UNIVERSITARIO EN ACCESO AL EJERCICIO DE LA ABOGACÍA Y LA PROCURA

+ MÁSTER DE FORMACIÓN PERMANENTE EN ASESORÍA JURÍDICA

*Se cursan en el  Máster de Abogacía y Procura, y se reconocen en el Máster FP en Asesoría Fiscal
**El alumno participa activamente en el diseño de su propio plan de estudios, cursando 30 ECTS: 16 ECTS de uno de los tres itinerarios y 14 ECTS de asignaturas optativas.
Apertura de itinerarios y optativas sujeto a un número mínimo de alumnos.

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MÁSTER UNIVERSITARIO EN ACCESO A LA ABOGACÍA Y PROCURA

ASIGNATURA TIPO ECTS
Civil OB 2
Mercantil OB 2
Procesal Civil OB 4
Procesal Laboral OB 3
Contabilidad y Fiscalidad OB 2
Actividades Formativas Complementarias OB 4
Optativas Especialidad Jurídica OP* 12

MÁSTER DE FORMACIÓN PERMANENTE EN ASESORÍA JURÍDICA

ASIGNATURA TIPO ECTS
Environmental Social & Corporate Governance OB 2
M & A Estructuración de Operaciones OB 2
Derecho Societario (Advanced) OB 4
ELECCIÓN DE ITINERARIO** OP 16
OPTATIVAS** OP 14

ITINERARIO: seleccionar 1 itinerario (16 ECTS)

OPTATIVAS: seleccionar 14 ECTS (7 asignaturas)*

* (Cada asignatura requiere un número mínimo de 10 alumnos para su apertura)

MÁSTER UNIVERSITARIO EN ACCESO AL EJERCICIO DE LA ABOGACÍA Y LA PROCURA

ASIGNATURA TIPO ECTS
Trabajo Fin de Máster TFM 6
Prácticas Profesionales PRT. EXT 30

Máster en Abogacía: Asignaturas Máster Acceso Abogacía Madrid + Máster Asesoría Jurídica. Plan de estudios.

El plan de estudios y las condiciones académicas publicadas en esta página web tienen carácter meramente informativo y no constituyen un contrato entre el alumno y la UFV. La UFV se reserva el derecho a realizar modificaciones, actualizaciones o cambios en los planes de estudios, así como en las políticas académicas y de matriculación, en cualquier momento y sin previo aviso. Estas modificaciones podrán afectar, entre otras, por ejemplo, al número de créditos requeridos para la matriculación y, por ende, a su coste. La apertura del programa y/o especialidad estará sujeta, a la verificación del título y a la existencia de un quorum mínimo de alumnos. De no ser obtenidos ni la verificación ni el quorum mínimo, no se procederá a la apertura del programa y/o especialidad. La UFV publicará, en cada caso, la información actualizada correspondiente con el fin de garantizar la máxima publicidad y transparencia.