1 elena postigo Elena Postigo, directora del Instituto de Bioética UFV, publica orientaciones éticas generales ante la pandemia de COVID 19 Estudiar en Universidad Privada Madrid

La profesora Elena Postigo, directora del Instituto de Bioética UFV, presenta las siguientes orientaciones éticas generales ante la pandemia de COVID-19:

1. Toda persona, independientemente de su edad y condición, merece ser reconocida como persona con dignidad y con los DDHH que le son inherentes.

2. Nadie debe ser discriminado por su edad o enfermedad. Todos merecen atención médica y cuidado.

3. Los profesionales sanitarios deben salvaguardar su integridad y salud con los medios materiales que sean necesarios. Es un deber de la autoridad competente garantizar su integridad proporcionando una vestimenta adecuada al peligro al cual se exponen: mascarilla, EPIs, guantes, gafas, etc.

4. El Estado y sus gobernantes tienen el deber de garantizar la salud de los ciudadanos, de prevenirles ante posibles daños, de poner los medios, actuales y futuros previsibles, para que no corra riesgo su vida, su salud y sobre todo la de los grupos de población más vulnerables.

5. Toda la sociedad, y el gobierno en particular, tiene el deber de proteger a los grupos más vulnerables: personas mayores, enfermos, personas con discapacidad, niños, etc. Y a todos aquellos que no pueden hacerlo por sí mismos; hemos de velar por estos grupos de personas con especial atención.

6. Los profesionales sanitarios tienen el deber de: atender, curar y cuidar de toda persona, independientemente de su condición; no conculcar el principio de no discriminación reconocido por la Constitución, los DDHH y los códigos deontológicos de todas las profesiones sanitarias.

7. Ante situaciones extremas y escasez de recursos que pudieran darse (urgencia, guerra, pandemia, calamidad), deberían decidir qué paciente accede a la UCI conforme a criterios prudenciales, valorando caso por caso, no sólo la edad, sino también el diagnóstico y pronóstico del paciente. Y en todo caso, poniendo siempre todos los medios a su alcance para salvarle y proteger su derecho a la vida y a la salud. Sin que sea la edad un criterio discriminatorio.

8. Se debe obrar con transparencia y comunicar a pacientes y familiares la extraordinariedad de la situación y la justificación de las medidas propuestas en cada caso.

9. Se debería garantizar que toda persona fallezca con los cuidados que le son debidos, con la atención humana y espiritual oportunas.

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