BECAS Y AYUDAS ECONÓMICAS

La convocatoria de ayudas, becas y descuentos UFV 2024-2025 se encuentra finalizada.

La convocatoria 2025-2026 dispondrá de los siguientes plazos de solicitud:

1ª convocatoria: del 5 de mayo al 30 de junio de 2025 o
2ª convocatoria: del 10 al 25 de julio de 2025

Algunas ayudas tienen plazos especiales, puedes consultarlos aquí

Información sobre Beca Excelencia 360 Banco Santander aquí

BECAS PARA ALUMNOS CON EXPEDIENTE ACADÉMICO BRILLANTE

Con el objetivo de fomentar la excelencia académica y consolidar una trayectoria formativa brillante, la Universidad Francisco de Vitoria concede estas ayudas como distinción a aquellos alumnos que destaquen en su expediente de Bachillerato en el curso previo a su acceso a nuestra Universidad.

Información para alumnos de Nueva Admisión a partir del curso 2025-2026 para Grados y Dobles Grados (no incluye al Grado en Medicina ni Odontología).

  • Plazo: del 20 de junio de 2025 al 7 de julio de 2025
  • Canal: Portal del Candidato
  • Documentación obligatoria a aportar:
  • Notas de Bachillerato finalizado en 2025
  • Notas de PAU superada en convocatoria ordinaria de 2025
  • Documentación opcional (no obligatoria):
  • Declaración del IRPF 2024 de los miembros computables de la unidad familiar, en caso de necesidad económica.

Para obtener la beca se deberá cumplir con los dos siguientes requisitos:

  1. El Bachillerato deberá haberse finalizado en 2025 y la nota media entre 1º y 2º de Bachillerato deberá ser de al menos 8,50 puntos.
  2. La PAU deberá haberse realizado y aprobado en convocatoria ordinaria del año 2025 y la nota de la Calificación de Acceso a la Universidad (CAU) deberá ser de al menos 8,5 puntos.

Esta beca no será concedida si en una de estas dos calificaciones se obtiene una nota inferior a 8,5 puntos.

La concesión de la beca será proporcional a la nota obtenida en CAU* y estará condicionada a la presentación de la documentación requerida en plazo y forma y al fondo económico a tal efecto destinado.

  • Entre 8,50 y 8,99 en CAU – 40% de beca
  • Entre 9,00 y 10 en CAU –  60% de beca

*CAU: Calificación resultante determinada por la media ponderada del bachillerato y la calificación de la fase general que aparece en la tarjeta de la PAU (aprobada en convocatoria ordinaria 2025).

En el caso de los alumnos con certificado de discapacidad vigente, se realizará una adecuación de la nota media en función del porcentaje de discapacidad en cada una de las notas anteriormente referidas (Bachillerato/CAU).

  • En alumnos cuyo certificado de discapacidad sea de entre el 33% y el 65%:
    -0.25 puntos.
  • En alumnos cuyo certificado de discapacidad sea de entre el 66% y el 100%:
    -0.50 puntos.

Esta adecuación de nota se aplica también para los tramos de concesión de la beca:

  • En alumnos cuyo certificado de discapacidad sea de entre el 33% y el 65%:
    Entre 8.25 y 8.74 en CAU—40%
    Entre 8.75 y 10 en CAU-60%
  • En alumnos cuyo certificado de discapacidad sea de entre el 66% y el 100%:
    Entre 8.00 y 8.49—40%
    Entre 8.50 y 10—60%

Los alumnos que accedieran por Homologación de Bachiller o por Credencial UE se regirán por los mismos criterios que el resto de los estudiantes y deberán aportar la documentación correspondiente a su sistema de acceso legal a la universidad:

  • Acceso vía Credencial UE: Documento Credencial UNED.
  • Acceso vía Homologación de Bachillerato: documento de Homologación o, en su caso, estudio técnico de nota media predictiva. (La consultora encargada de hacer este estudio es Homologation Student Services, pudiendo contactar través del email infomadrid@hostudents.com así como visitar la web hostudents.com para más información.

Esta documentación dará lugar, en su caso, a una resolución condicional de la beca. Una vez obtengan las calificaciones definitivas otorgadas por organismos oficiales (Ministerio de Educación, UNED, etc), serán aportadas al Servicio de Ayudas al Estudio. Si, entregada la calificación definitiva, la nota media no fuera la mínima requerida para su concesión, no podrá solicitarse (o se procederá a su denegación) en los cursos siguientes.

La decisión del Comité de Becas será comunicada a los alumnos a través de los canales establecidos por el Servicio de Ayudas al Estudio.

Los beneficiarios recibirán una carta de preconcesión con el porcentaje correspondiente. La concesión definitiva queda condicionada a la realización efectiva de la matrícula.

Si el alumno no formalizara su matrícula, el Servicio de Ayudas al Estudio podrá anular la preconcesión de la beca y distribuir, en su caso, a otros alumnos que hubieran resultado no beneficiarios anteriormente, siempre que estos cumplan con los requisitos académicos.

Requisitos de renovación

Para renovar estas becas en los cursos siguientes será imprescindible realizar la solicitud en tiempo y forma (atendiendo a los plazos publicado en web para alumnos ya matriculados en años anteriores), aprobar todas las asignaturas matriculadas en el curso anterior y obtener, al menos, las siguientes notas medias ponderadas (incluido título propio, en su caso):

Dobles grados, Grados de la Facultad de Ciencias Experimentales y Grados de la Escuela Politécnica Superior:

  • Entre 7.5 y 8.49 – 40%
  • Entre 8.5 y 10 – 60%

Resto de Grados (no incluye Medicina):

  • Entre 8 y 8.99 – 40%
  • Entre 9 y 10 – 60%

En el caso de los alumnos con certificado de discapacidad vigente, se realizará una adecuación de la nota media en función del porcentaje de discapacidad.

  • En alumnos cuyo certificado de discapacidad sea de entre el 33% y el 65%:

• Dobles grados, Grados de la Facultad de Ciencias Experimentales y Grados de la Escuela Politécnica Superior:
· Entre 7.25 y 8.24 – 40%
· Entre 8.25 y 10 – 60%
• Resto de Grados (no incluye Medicina):
· Entre 7.75 y 8.74 – 40%
· Entre 8.75 y 10 – 60%

  • En alumnos cuyo certificado de discapacidad sea de entre el 66% y el 100%:

• Dobles grados, Grados de la Facultad de Ciencias Experimentales y Grados de la Escuela Politécnica Superior:
· Entre 7 y 7.99 – 40%
· Entre 8 y 10 – 60%
• Resto de Grados (no incluye Medicina):
· Entre 7.5 y 8.49 – 40%
· Entre 8.5 y 10 – 60%

  • Los alumnos en quienes persista necesidad económica durante los siguientes cursos, presentarán en la propia solicitud de renovación la documentación pertinente para su correspondiente valoración.
  • En caso de no poder renovarla por suspensos o por no alcanzar la nota media requerida, se tiene la posibilidad de recuperarla en el inmediato curso siguiente si se cumplen los criterios establecidos y siempre que no sea el último curso del Grado (o doble Grado). Esta opción es factible por una única vez durante la duración del Grado.
  • Estas becas podrán solicitarse en todos los cursos excepto en el último de cada titulación. Para los últimos cursos existe la posibilidad de solicitar un Crédito al Honor (en caso de necesidad económica) o algunos de los descuentos aplicables a último año.
  • No podrá ser solicitada en cursos superiores si no se fue beneficiario en el primer año de carrera.
Información relativa a la renovación de expediente brillante para alumnos beneficiarios a partir
de 2023 – 2024

Para renovar estas becas en los cursos siguientes será imprescindible realizar la solicitud en tiempo y forma (atendiendo a los plazos publicado en web para alumnos ya matriculados en años anteriores), aprobar todas las asignaturas matriculadas en el curso anterior y obtener, al menos, las siguientes notas medias ponderadas (incluido título propio, en su caso):

Dobles grados, Grados de la Facultad de Ciencias Experimentales y Grados de la Escuela Politécnica Superior:

  • Entre 7.5 y 8.49 – 40%
  • Entre 8.5 y 10 – 60%

Resto de Grados (no incluye Medicina):

  • Entre 8 y 8.99 – 40%
  • Entre 9 y 10 – 60%

Grado en Odontología: 8,00 puntos.
A partir del curso 2025-2026 se realizará una adecuación de la nota media requerida para la renovación de la beca en caso de que el alumno presente certificado de discapacidad vigente. Esta adecuación será en función del porcentaje de discapacidad.
• En alumnos cuyo certificado de discapacidad sea de entre el 33% y el 65%:
-0.25 puntos.

• En alumnos cuyo certificado de discapacidad sea de entre el 66% y el 100%:
-0.50 puntos.

  • Los alumnos en quienes persista necesidad económica durante los siguientes cursos, presentarán en la propia solicitud de renovación la documentación pertinente para su correspondiente valoración.
  • En caso de no poder renovarla por suspensos o por no alcanzar la nota media requerida, se tiene la posibilidad de recuperarla en el inmediato curso siguiente si se cumplen los criterios establecidos y siempre que no sea el último curso del Grado (o doble Grado). Esta opción es factible por una única vez durante la duración del Grado.
  • Estas becas podrán solicitarse en todos los cursos excepto en el último de cada titulación. Para los últimos cursos existe la posibilidad de solicitar un Crédito al Honor (en caso de necesidad económica) o algunos de los descuentos aplicables a último año.
  • No podrá ser solicitada en cursos superiores si no se fue beneficiario en el primer año de carrera.
Información relativa a la renovación de expediente brillante para alumnos beneficiarios en cursos anteriores a 2023 – 2024

(Todos los grados excepto el Grado en Medicina, para este ver aquí)

  • Plazo: del 5 de mayo al 30 de junio de 2025 (1ª convocatoria) o del 10 al 25 de julio de 2025 (2ª convocatoria).
  • Canal: Portal Universitario.
  • Documentación a aportar: No es necesario aportar documentación. El Servicio de Ayudas al Estudio verificará de oficio las notas de los solicitantes.

Los alumnos que en cursos anteriores a 2023-2024 hubieran sido beneficiarios de la Beca de Expediente Académico Brillante, podrán renovarla siempre que se solicite expresamente en tiempo y forma, se aprueben todas las asignaturas matriculadas en el curso anterior en convocatoria ordinaria o extraordinaria, y se mantengan los siguientes promedios según el tipo de Grado (nota media ponderada):

Grados tipo A: Dobles grados, Grados de la Facultad de Ciencias Experimentales y Grados de la Escuela Politécnica Superior:

  • Entre 7.50 y 7.99: 40% de beca
  • Entre 8.00 y 8.49: 60% de beca
  • Entre 8.50 y 10: 80% de beca

Grados tipo B: Resto de Grados (a excepción de Medicina)

  • Entre 8.00 y 8.49 – 40% de beca
  • Entre 8.50 y 8.99 –  60% de beca
  • Entre 9.00 y 10 – 80% de beca

Grado en Medicina: Nota media mínima de 8.00. El porcentaje de beca será el correspondiente al que obtuvieron en primer curso.

A partir del curso 2025-2026 se realizará una adecuación de la nota media requerida para la renovación de la beca en caso de que el alumno presente certificado de discapacidad vigente. Esta adecuación será en función del porcentaje de discapacidad.
• En alumnos cuyo certificado de discapacidad sea de entre el 33% y el 65%:
-0.25 puntos.

• En alumnos cuyo certificado de discapacidad sea de entre el 66% y el 100%:
-0.50 puntos.

Todas las asignaturas, incluidas las de Título Propio, si fuera el caso, serán tenidas en cuenta para el cálculo de la nota media.

Las becas para alumnos con Expediente Académico Brillante podrán solicitarse en todos los cursos excepto en el último de cada carrera. Para este último curso existe la posibilidad de solicitar un “Crédito al Honor”, que cubrirá la necesidad de ayuda económica en su caso y que, a la vez, comporta la obligación de devolución por parte del alumno, en los términos que ambas partes establezcan.

En caso de no poder renovar esta beca por suspensos o por no alcanzar la nota media requerida, se tiene la posibilidad de recuperarla en el inmediato curso siguiente si se cumplen los criterios establecidos y siempre que no sea el último curso del Grado (o doble Grado). Esta opción es factible por una única vez durante la duración del Grado.

Esta beca no podrá ser solicitada si no se obtuvo en el primer año de carrera.

La no solicitud de renovación en los plazos previstos se entiende como renuncia a la misma.

Edificio Central, Módulo 1, Planta 1, Aula 1.1.

Horario de atención: de lunes a jueves de 9:30 a 13:30 y de 15:00 a 17:30. Viernes de 9:30 a 13:30.

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